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Normativa y orientación
Consultar reglamento de becas y ayudas económicas
NORMATIVA 2025
Resolución OCS-SO-002-No.028-2025 · Segunda aprobación: 26 de febrero de 2025.
Conoce las condiciones, requisitos y procedimientos para estudiantes de la ULEAM. Este reglamento deroga la normativa de 2019.
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Requisitos y modalidades
Becas
Art. 17 · Requisitos generales de becas
- Ser estudiante regular: matrícula en al menos el 60% de las asignaturas permitidas por la malla curricular, validada en el SGA.
- No registrar segunda o tercera matrícula en el período inmediatamente anterior ni en el de postulación. Se exceptúa a estudiantes con discapacidad.
- No haber recibido sanción disciplinaria; contar con certificado de asistencia del período vigente.
- Tener una cuenta bancaria a nombre del estudiante.
- No recibir otra beca o ayuda económica interna.
Documentos que carga o entrega el estudiante: certificado de estudiante regular del SGA y documento de la cuenta bancaria personal. Los demás requisitos se verifican institucionalmente.
Cada tipo de beca exige además las condiciones específicas indicadas abajo. Postular no garantiza la adjudicación.
Arts. 15, 16 y 18
Hasta el 25% del SBU
Promedio general del período anterior igual o superior a 9,50/10, considerando los promedios más altos por nivel, curso o equivalente.
Se concede semestralmente, en el período siguiente. Se puede acceder después de aprobar el primer semestre y hasta el penúltimo semestre de la carrera, cumpliendo los requisitos generales y el calendario de convocatoria.
Arts. 15, 16 y 18
Hasta el 20% del SBU
Promedio general del período anterior entre 9,00 y 9,49/10, considerando los promedios más altos por nivel, curso o equivalente.
Se concede semestralmente en el período siguiente, después de aprobar el primer semestre y hasta el penúltimo semestre de la carrera. Se aplican los requisitos generales y el calendario de convocatoria.
Arts. 15, 16, 17 y 20
Hasta el 25% del SBU
Para estudiantes regulares de grado que asisten a clases y acreditan su discapacidad ante la autoridad competente. El art. 15 establece una proporción del 30%.
El estudiante debe constar en la base de datos de discapacidad de la DBANU y cumplir los requisitos generales. Se exceptúa el requisito de no registrar segunda o tercera matrícula señalado en el art. 17.
Arts. 15, 16 y 19
Hasta el 15% del SBU
Reconoce el mérito científico-técnico y de innovación-emprendimiento: participación de alto aporte en investigación institucional y distinción en certámenes nacionales o internacionales, con los dos primeros lugares en representación de la ULEAM.
- Al menos el 25% de las asignaturas de la malla aprobadas.
- Promedio mínimo de 8,50/10 en el período anterior concluido.
- No tener asignaturas reprobadas en los dos semestres anteriores.
- Informe del decano que sustente la relevancia, los resultados y los justificativos.
Se concede anualmente, en el período convocado y evaluado, conforme a las condiciones de los arts. 15 y 19.
Ayudas económicas
Arts. 24 y 27 · Requisitos generales de ayudas económicas
- Presentar la solicitud en el formato institucional al decano de la unidad académica. En vulnerabilidad económica se dirige al director de la DBANU.
- Ser estudiante regular: al menos el 60% de las asignaturas permitidas por la malla curricular, validado en el SGA.
- No haber recibido sanción disciplinaria y contar con certificado de asistencia del período vigente.
- Adjuntar el documento de la cuenta bancaria a nombre del estudiante y los respaldos específicos del tipo de ayuda.
Las ayudas son excepcionales, no reembolsables y se otorgan por una sola vez en cada período académico, previo informe y pronunciamiento de la Comisión. La postulación no garantiza su aprobación.
Arts. 24 literal a y 26
Valor analizado por cada caso
Para estudiantes regulares de grado matriculados y asistiendo a clases, con desempeño destacado en deporte, ciencia, actividades académicas y técnicas, arte o cultura.
- Participación y aval institucional en eventos interuniversitarios oficiales, nacionales o internacionales.
- Ubicarse entre los tres primeros lugares.
- Promedio mínimo del período anterior: 7,50/10.
Adjuntar los respaldos de representación y resultados, además de los requisitos generales.
Arts. 24 literal b y 26
Valor analizado por cada caso
Para miembros activos de clubes universitarios que lideren la representación de la institución en actividades y eventos programados.
- Promedio mínimo del período anterior: 7,50/10.
- Aval de preparación o participación y respaldos de la actividad.
- La ayuda corresponde al período académico en que se solicita.
Se aplican también los requisitos generales de ayudas económicas.
Arts. 24 literal c, 26 y 27
Hasta el 25% del SBU
Para estudiantes regulares de grado matriculados y asistiendo a clases, en situación de vulnerabilidad económica y sin otra beca o ayuda económica interna.
- Solicitud en formato institucional dirigida al director de la DBANU.
- Documentos que justifiquen la vulnerabilidad económica.
- Informe socioeconómico previo y documento de la cuenta bancaria personal.
La unidad académica propone el caso; la DBANU lo revisa y la Comisión resuelve su aprobación.
Arts. 24 literal d y 26
Hasta el 25% del SBU
Apoyo para estudiantes de grupos de atención prioritaria y/o con enfermedades catastróficas o condiciones adversas, destinado a rubros específicos que permitan continuar sus estudios.
- Solicitud en el formato institucional y respaldos de la condición.
- En enfermedad catastrófica: certificado emitido por el IESS o el Ministerio de Salud Pública.
- Informe psicosocial y socioeconómico, según el caso.
- Documento de cuenta bancaria a nombre del estudiante.
Se aplican los requisitos generales y la evaluación de la Comisión.
APP OFICIAL · DBANU ULEAM
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Para postular a becas
- Revisa la convocatoria: consulta el calendario y los formatos oficiales de la ULEAM y la DBANU.
- Prepara tus documentos: reúne los requisitos de la modalidad que necesitas.
- Postula y consulta el avance: revisa tus notificaciones y, si se aprueba la beca, entrega la aceptación firmada en el plazo señalado.
El acceso a la app no implica que exista una convocatoria abierta. La adjudicación depende de la evaluación de la Comisión y la disponibilidad presupuestaria.
Cómo interpretar los montos y el alcance de esta guía
SBU significa Salario Básico Unificado. Los porcentajes indicados son límites reglamentarios, no valores fijos ni montos mensuales garantizados. El número y valor de las ayudas dependen de la Comisión y del presupuesto; los casos excepcionales de becas se rigen por el art. 16.
Resumen informativo de los arts. 16, 20, 26 y 30. Consulta el reglamento completo para conocer todas las condiciones. Los programas de posgrado se rigen por sus disposiciones específicas (art. 23).
